lunes 25, noviembre, 2024

Informan a ediles sobre las obligaciones de ley para los servidores públicos

Redacción|LaOtraPlana.com.mx

Torreón, Coahuila.- Ediles que integran la Comisión de Contraloría recibieron la información sobre las obligaciones para los servidores públicos contempladas en la Ley General de Responsabilidades Administrativas, así como las sanciones contempladas en el ordenamiento en caso de incumplimiento.

Javier Rodríguez Méndez, director jurídico de la Contraloría Municipal, informó que la Ley establece para los servidores públicos deberes y, en su caso, sanciones por las faltas en las que incurran, además de los procedimientos para su aplicación, destacando las faltas graves y las consideradas como no graves.

Mencionó que las faltas graves incluyen el desvío de recursos públicos, la utilización indebida de información, malversación de fondos y el cohecho, las cuales se sancionan con la suspensión del empleo, cargo o comisión, la destitución, de forma económica y hasta la inhabilitación temporal para desempeñar diversos empleos.

Por otra parte, las faltas consideradas como no graves ocurren cuando el servidor incumpla con la declaración de situación patrimonial en tiempo y forma, el desempeño de funciones, atribuciones y comisiones encomendadas, denunciar actos u omisiones constitutivos de faltas administrativas, entre otros.

Con base al artículo 50 de la Ley, la sanción para estos casos implica la amonestación pública o privada, la suspensión del empleo, destitución del cargo y la inhabilitación temporal, las cuales se podrán aplicar de acuerdo con la trascendencia de la falta administrativa.

El funcionario dijo que concluidas las diligencias de investigación se procede al análisis de los hechos y la información recabada, a efecto de determinar la existencia o inexistencia de los actos u omisiones según la Ley.

En ese sentido, la Contraloría Municipal está facultada para llevar el procedimiento para sancionar las faltas consideradas como no graves, mientras que las graves, según el tipo, deberán ser turnadas a otra instancia estatal.

Rodríguez Méndez destacó que, según el artículo 7 de la Ley, los servidores públicos deben regirse por principios como la legalidad, disciplina, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, integridad, rendición de cuentas, eficiencia y eficacia.

Lo anterior fue dado a conocer durante de la décima quinta sesión Comisión de Contraloría, presidida por la regidora Ana Luisa Cepeda Álvarez e integrada por los ediles Mónica Montero Cuellar, Laura Reyes Retana Ramos, Luis Jorge Cuerda Serna, Enrique Sarmiento Álvarez y Zazil Pacheco Pérez.

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