miércoles 5, febrero, 2025

Invita IMSS Coahuila a conocer trámite de pensión de cesantía en edad avanzada o vejez

-Quienes estén por iniciar trámite de pensión deben verificar que sus datos personales coincidan en la CURP certificada, Seguro Social, RFC y Afore

Redacción|LaOtraPlana.com.mx

Saltillo, Coahuila.- El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en Coahuila recuerda a los usuarios que al cumplir los 60 y/o 65 años es posible iniciar el trámite de solicitud de pensión de cesantía en edad avanzada o vejez, siempre y cuando se cumpla con requisitos indispensables para poder recibir la prestación económica correspondiente.

La jefa del Departamento de Prestaciones Económicas adscrita a la Jefatura de Servicios de Salud en el Trabajo, Prestaciones Económicas y Sociales (JSSTPEYS), Diana Lizett Reyes Martínez, detalló que la Ley del Seguro Social prevé dos tipos de regímenes por los que los asegurados pueden pensionarse: El de 1973, que aplica para quienes cotizaron hasta el 30 de junio de 1997, y el régimen de 1997, al que pertenecen quienes empezaron a cotizar a partir del 1° de julio de 1997.

La diferencia entre ambas radica en el número de semanas cotizadas necesarias para solicitar la pensión y el monto de la misma; la del 73 requiere un mínimo de 500 semanas para obtener una pensión de vejez vitalicia, que se calcula con el promedio del salario de los últimos cinco años cotizados, mientras que la del 97 exige tener al menos 850 semanas cotizadas en 2025 para recibir el monto ahorrado durante la vida laboral mediante una cuenta individual gestionada por una Administradora de Fondos para el Retiro (Afore).

En ese sentido, agregó que para pensionarse por el régimen de 1973 el primer aspecto primordial es tener al menos 60 años para solicitar la pensión de cesantía en edad avanzada o 65 para la de vejez, tener un mínimo de 500 semanas cotizadas y estar dado de baja del Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social al momento de iniciar el trámite.

A la par, es indispensable que quienes estén cercanos a iniciar un trámite de pensión verifiquen que sus datos personales coincidan, tanto en la Clave Única de Registro de Población (CURP), Seguro Social, Clave de Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y Afore, toda vez que de haber alguna irregularidad entre ellos el trámite no procede.

Una vez que se cumpla con todo lo anterior, los usuarios podrán acceder al sitio https://www.imss.gob.mx/pensiones/pension-digital, donde podrán tener una proyección de pensión y generar su solicitud, o también pueden presentarse directamente en ventanilla de Prestaciones Económicas de su Unidad de Medicina Familiar (UMF) junto con su acta de nacimiento, número de seguridad social, identificación oficial vigente con domicilio actualizado y estado de cuenta con clabe interbancaria.

Exhortó a tomar en cuenta que al momento de solicitar el trámite de pensión también se puede realizar el registro de beneficiarios, para que en caso de fallecimiento puedan seguir recibiendo el recurso.

Una vez cotejada la documentación, y de no haber ninguna inconsistencia, el IMSS expedirá en un lapso no mayor a tres días la resolución de pensión, documento en el cual se informará sobre la fecha de depósito y el monto mensual de esta.

La jefa del departamento de Prestaciones Económicas recordó que todo trámite ante el IMSS es gratuito, por lo cual exhortó a acercarse a las áreas correspondientes para recibir información adecuada y veraz, así como en los canales oficiales, como el portal www.imss.gob.mx.

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